El articulo 12.2 del Decreto Ley 2/2021, de 1 de marzo, que regula la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la COVID-19 establece la obligación de "Acompañar modelo de alta en el Censo del Impuesto General Indirecto Canario (modelo 400), así como sus sucesivas modificaciones" .
Al objeto de simplificar y agilizar el cumplimiento de dicho requisito, y teniendo en cuenta que el artículo 70.2 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se permite acreditar la situación censal del contribuyente a través de la correspondiente CERTIFICACIÓN, se informa que:
El modelo 400, así como sus sucesivas modificaciones, se podrá sustituir por un CERTIFICADO DE SITUACIÓN TRIBUTARIA emitido por la Agencia Tributaria Canaria a los efectos de la documentación exigida para la obtención de la referida subvención.
Dicho certificado se podrá solicitar de dos formas:
- Telemáticamente, a través de nuestra Sede Electrónica (sin pago de tasas) en: Trámites en línea > Certificados > Solicitud de Certificados individuales .
- O de forma presencial en las Oficinas de Atención Tributaria , para aquellos contribuyentes que no tengan certificado digital (previo pago de tasas).